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By Cessi Gladstone

La “engañifa” del Voto de Esclavitud Mariana

        Los papás de la jovencita del post anterior, me han puesto al corriente de la última “engañifa” desplegada por el instituto (uso minúsculas adrede…): hacer la “ceremonia” de la Consagración a la Virgen con Voto para las aspirantes y postulantes que tienen aquí, y hacerles creer que esto las vincula al instituto de modo definitivo…
Por lo tanto, para aclarar debidamente este tema y seguir alertando a los padres y a los jóvenes con inquietudes vocacionales (pues supongo que los Sacerdotes sí lo tienen claro), me parece necesario comentar brevemente algunos párrafos del Código de Derecho Canónico, y luego hacer referencia a lo que realmente es la Consagración a la Virgen como esclavos de amor, en la mente de quien ha sido su mayor sistematizador y difusor en el pueblo cristiano, San Luis Ma. Grignon de Montfort…
 
El Código de Derecho Canónico y la vinculación a un Instituto Religioso
Es interesante ver que no aparecen mencionadas las instancias previas al verdadero Comienzo de la vida en un Instituto religioso, como es el NOVICIADO. Dada la seriedad que el mismo implica – porque es en esta etapa cuando se suelen dejar los vestidos seglares y se adopta el del Instituto, y el novicio comienza a conocer mejor el modo particular en que el Instituto vive la vocación religiosa, se ha generalizado el uso de una ó dos etapas previas al ingreso al Noviciado, como son el aspirantado y el postulantado.
Estas son instancias previas que de ningún modo vinculan obligatoriamente al Instituto, y todo lo que se hace en estas etapas, incluyendo consagraciones a la Virgen o cualquier otra cosa, permanecen en el orden de la esfera privada. Quiero decir con esto que, AUNQUE EN EL INSTITUTO ME ENSEÑEN Y ME ANIMEN A HACER UNA CONSAGRACIÓN A LA VIRGEN, por ejemplo, esta acción NO TIENE MÁS VALOR QUE LA QUE PUEDO HACER YO MISMA FUERA DEL INSTITUTO, un día cualquiera durante una Misa o, incluso en mi propia casa…
Más aún: si, durante el tiempo del aspirantado o del postulantado, me doy cuenta de que mi lugar no está en ese Instituto en el que he hecho la Consagración a la Virgen, DE NINGUNA MANERA PIERDO ESA CONSAGRACIÓN porque ni el aspirantado ni el postulantado vinculan legalmente al Instituto.
 
Y si el Instituto inventa una fórmula o ceremonia de consagración a la Virgen identificándola con el ideario del Instituto, DEBEN SABER QUE SE TRATA DE UN FRAUDE, de un MODO DE COACCIONAR AL ASPIRANTE O POSTULANTE DE MANERA DE HACERLO A LA IDEA DE QUE YA ES PARTE DEL INSTITUTO Y NO DEBE RETIRARSE.
 
Pero volvamos al VERDADERO COMIENZO de la vida en un Instituto, o sea al NOVICIADO, y veamos lo que se dice de él en el Código de Derecho Canónico:
646  “El noviciado, con el que comienza la vida en un instituto, tiene como finalidad que los novicios conozcan mejor la vocación divina, particularmente la propia del instituto, que prueben el modo de vida de este, que conformen la mente y el corazón con su espíritu, y que puedan ser comprobados su intención y su idoneidad.”
Fíjense que, aún el Noviciado, y con la seriedad que implica, es presentado como una introducción y un momento de experiencia, tanto por parte del candidato como por parte de las autoridades del Instituto, ya que el candidato puede retirarse aún antes de terminar el período de noviciado, o las autoridades pueden despedirlo si no cubre las exigencias de la vida propia del Instituto:
653, n. 1  “Un novicio puede abandonar libremente el instituto; la autoridad competente de éste puede despedirle.”
Si, una vez terminado el período de noviciado, el candidato desea incorporarse definitivamente al instituto, y si los superiores lo juzgan idóneo, entonces se procede a la Profesión Religiosa, PERO TODAVÍA EN ETAPAS:
 
654   “Por la profesión religiosa los miembros abrazan con voto público, para observarlos, los tres consejos evangélicos, se consagran a Dios por el ministerio de la Iglesia y se incorporan al instituto con los derechos y deberes determinados en el derecho.”
655  “La profesión temporal debe hacerse por el tiempo establecido en el derecho propio, no inferior a un trienio ni superior a un sexenio.”
Presten mucha atención a la delicadeza con que la Iglesia rodea a la entrega definitiva al Señor en un instituto cualquiera, porque aún se considera una primera etapa de VOTOS TEMPORALES, es decir, por un plazo, que puede variar entre 3 y 6 años. Recién después de los 6 años de votos temporales, el candidato puede ser admitido a la RENOVACIÓN DE LA PROFESIÓN (hay institutos que sólo renuevan los votos) o a los VOTOS PERPETUOS (cuando el instituto tiene esta modalidad). Y también aquí, las autoridades pueden no admitirlo a la profesión perpetua (o incluso puede suceder que el mismo candidato quiera retirarse):
657, n.1  “Cumplido el tiempo para el que se hizo la profesión, el religioso que lo pida espontáneamente y sea considerado idóneo, debe ser admitido a la renovación de la profesión o a la profesión perpetua; en caso contrario, se marchará del instituto.”
Así que, queda claro, CUALQUIER INSINUACIÓN DE PERTENENCIA DEFINITIVA ANTES DE LOS PLAZOS ESTIPULADOS POR EL DERECHO CANÓNICO debe considerarse UN ENGAÑO.
Unas palabras acerca de la Esclavitud Mariana
San Luis Ma. Grignion de Montfort, el gran sistematizador y divulgador de lo que se conoce como “Esclavitud de Amor a la Ssma. Virgen”, se refiere a ella en el número 126 de su “Tratado de la verdadera devoción a la Ssma. Virgen”,  como una perfecta renovación de los votos del Bautismo, hecha conscientemente y por las manos de Nuestra Señora, pero no más que ello.
 
Esta ofrenda de lo que uno es y posee, tiene una característica propia que no se encuentra en ningún otro modo de devoción mariana, y que es la renuncia explícita al “guardar para uno” el valor de las obras buenas hechas en estado de Gracia”, concretamente el valor satisfactorio de las mismas, o si quieren y hablando “mercantilmente”, el descuento del purgatorio que el Señor tendría a bien hacernos al recibir las indulgencias parciales o plenarias que la Iglesia ha otorgado a algunas obras concretas (la adoración al Santísimo Sacramento, el rezo del rosario en comunidad o delante del Santísimo, la lectura diaria de la Sagrada Escritura, etc.). Este valor satisfactorio, el esclavo de Nuestra Señora lo entrega gustoso para que sea Ella Quien disponga su aplicación, según vea más conveniente y urgente en la Iglesia: dárselo a algún alma del Purgatorio por la que nadie ofrece sufragios, sostener a algún alma en grave peligro de pecar, o incluso levantar al caído con una gracia de conversión, etc.
Y esta entrega a Nuestra Señora PUEDE HACERLA CUALQUIER CRISTIANO EN CUALQUIER ESTADO DE VIDA, sea anciano o joven, casado o soltero o viudo, religioso, sacerdote… NO IMPLICA VINCULACIÓN A NINGÚN ESTADO DE VIDA PARTICULAR, y menos a NINGÚN INSTITUTO RELIGIOSO, aunque se enseñe y practique este modo de vida mariano.
Y hay que saber, también, que NI SIQUIERA FUE PENSADA COMO UN “VOTO”: San Luis Ma. sólo habla de “renovar los votos del Bautismo”, “entregarse a Nuestra Señora”, pero nunca por un voto expreso y distinto de los del Bautismo.
En la fórmula de Consagración dispuesta para ese acto, se lee: “Yo, N…, pecador infiel, renuevo y ratifico hoy, en vuestras manos, los votos de mi bautismo…”. No hay un “voto de entrega a la Virgen”, sino una “renovación de los votos del bautismo” tomándola a Ella como garante e intermediaria, justamente para que nos ayude a ser fieles al bautismo de aquí en adelante y colaboremos mejor en la salvación de nuestros hermanos, como debemos hacer en cuanto CRISTIANOS, como corredentores por participar del carácter Sacerdotal a partir del Bautismo…
Todo lo que se diga o enseñe fuera de esto, no es la realidad de lo que San Luis Ma. ha enseñado y propuesto. En muchísimos casos, como en el que nos ocupa, es más bien una “avivada” institucional para tener gente atrapada en aras de “la Gran Causa” o “Misión” que el instituto tendría en la Iglesia.
Como diría alguno THAT´S  ALL”.
 
 
Conclusión “exhortativa”:
Y para terminar con un poco de humor…

¡¡¡NO SEAN SALAMES!!!

Y a ver si el “ensotanado asesor” de la jovencita que inspiró estos posts, se porta como debe…
… Los papás de la chica de los agradecerán…(no son rencorosos, no tema…)

Autor: Eduardo Montoro

Mi nombre es Eduardo Montoro, soy del 68, estoy casado con Graciela y tengo un hijo, Juan Manuel.
Tengo un largo recorrido académico, definido por un amigo como el viaje de Frodo, no porque sea como Frodo, sino por las peripecias que tuve que pasar, algunas en Italia otras en Argentina. En ese viaje obtuve varios reconocimientos académicos:
• Licenciado en Psicologia, Universidad Católica de Cuyo.
• Master en Psicología de Counselling, Università Europea di Roma
• Profesor de Psicología, Universidad de Mendoza
• Licenciado en Filosofía Sistemática con orientación Lexicográfica, Pontificia Università Gregoriana
• Licenciado en Filosofía del Derecho, Universidad Católica de Cuyo
• Y cuatro años de Teología, no acreditados oficialmente en ninguna universidad, pero que equivalen a una licencia.
Actualmente resido en San Juan, Argentina y mi hobby es salir a andar en moto en duro por los cerros sanjuaninos.
Pero lo que más me apasiona es ver crecer a las personas, superarse, en las más difíciles e inimaginables circunstancias.

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